27 febrero, 2024
Terminología en Prevención de Riesgos Laborales
PREVENCIÓN: el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
RIESGO LABORAL: la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo.
DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO: las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.
RIESGO LABORAL GRAVE E INMINENTE: aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores.
Se entenderán como procesos, actividades, operaciones, equipos o productos «POTENCIALMENTE PELIGROSOS» aquellos que, en ausencia de medidas preventivas específicas, originen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores que los desarrollan o utilizan.
EQUIPO DE TRABAJO cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo.
CONDICIÓN DE TRABAJO cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador.
6 febrero, 2024
Análisis estadístico de accidentes laborales
El análisis estadístico es una técnica analítica que analiza los factores, centrándose en la detección, análisis y valoración de los riesgos.
La clasificación de los accidentes se asocia a unos factores que permitan una clasificación de los mismos: Gravedad de la lesión, forma del accidente, agente material, lesión, ubicación de la lesión…
Algunos índices que se usan son:
- ÍNDICE DE FRECUENCIA: Nº de accidentes/Nº de horas trabajadas
- ÍNDICE DE GRAVEDAD: Nº de jornadas perdidas/Nº de horas trabajadas.
- ÍNDICE DE INCIDENCIA: Nº de accidentes/ Nº de trabajadores.
- ÍNDICE DE DURACIÓN MEDIA DE LAS BAJAS: Nº Jornadas perdidas/Nº Accidentes.
30 enero, 2024
Incorporación de los Gabinetes Psicosociales a los Sindicatos.
En el pasado, los sindicatos tenían funciones de defensa y mejora de los derechos laborales de los trabajadores, a las funciones meramente administrativas y de reivindicación sindical, se fueron añadiendo otras con coberturas legales y económicas para dar un servicio integral al afiliado.
En el presente, la incorporación de los gabinetes psicolaborales a los sindicatos, supone un avance cualitativo en la salud mental laboral, dando apoyo a la salud de los policías, a la prevención de riesgos laborales, a la mejora del clima laboral y la productividad, a tener un interlocutor competente con la administración y con los afiliados y en definitiva a un mejor servicio a la sociedad.
Algunas de las funciones de los gabinetes son: estudios de la salud mental laboral, consultoría técnica, colaboración con la Administración, asesoramiento psicolaboral, información y formación al policía.
Para saber mas, consulta a tu sindicato, asociación profesional.