12 marzo, 2024
CONTROL DE RIESGOS POLICIALES
En las INTERVENCIONES POLICIALES, se debe hacer un rápido control de seguridad previo, identificando, evaluando, y anulando en la medida de lo posible el peligro. A la vez se deben adoptar las medidas de autoprotección: guantes, chalecos, cascos, coordinación con otras unidades policiales…
Por otra parte, es básico la RECOGIDA DE INFORMACIÓN antes de la intervención, subrayando:
a) El lugar exacto (vía pública, descampado, domicilio, otro…), y hora de comisión del acto violento o de conocimiento de la noticia.
b) La supuesta tipología del hecho criminal.
c) Si hay personas heridas o fallecidas.
d) Si el requirente es víctima o testigo.
e) Si el/los agresor/es están presentes o han huido (descripción y datos personales si se conocen).
f) Si en la agresión se han utilizado armas (descripción) y su localización.
g) Si han acudido otros tipos de unidades policiales o servicios de emergencia (policía municipal, protección civil, bomberos, sanitarios, etc.).
h) Si existe algún otro tipo de riesgo asociado al hecho.
Desde la prevención de riesgos laborales, LA ADMINISTRACIÓN debe hacer una identificación y evaluación de los puestos de trabajo, así como un plan de acción preventiva, también debe hacer una jerarquía de controles del peligro, siendo el más efectivo la eliminación del peligro, a continuación por la sustitución del peligro, siguiendo en la medida de lo posible el aislamiento del peligro, también ejerciendo controles administrativos como cambiar la forma de trabajar de los policías, y por último siendo el menos efectivo, protegiendo al policía con equipos de protección personal (guantes, chalecos…)